El Tribunal Supremo ha confirmado la separación del servicio impuesta por la ministra de Defensa a un cabo primero de la Guardia Civil que fue condenado por un delito de lesión de la dignidad de las personas por motivos discriminatorios, en concreto por difundir noticias falsas contra menores no acompañados ("menas") marroquíes en su cuenta en la red social Twitter, actualmente X.

La Sala Militar rechaza el recurso del guardia y considera proporcionada la sanción disciplinaria, que es la más gravosa prevista en el ordenamiento. Según señala, “la conducta objeto de condena penal es radicalmente incompatible con la imagen de probidad, decoro y honradez que todo miembro de la Benemérita ha de mostrar”.

La separación del servicio se le impuso como autor de la falta muy grave prevista en el artículo 7, apartado 13 de la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, consistente en «cometer un delito doloso condenado por sentencia firme, que cause grave daño a la Administración y a los ciudadanos”.

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Respuestas

  • Difundir mentiras contra un colectivo o persona por redes sociales entiendo es un delito y si además lo hace un guardia civil aunque sea en sus horas libres hace perder la confianza de sus jefes para ejercer su profesión como policía y por su ideología y mala fe es un peligro si alguna vez tiene que actuar profesionalmente en temas de ese colectivo o persona.

  • Lo que no se dice es si lo hiso a nivel militar o era una cuenta personal donde no hace referencia a su cargo militar.

    Aunque para que haya sido condenado, se supone que debe actuar en la red social como militar. Posiblemente ese fue su pecado. Perjudicando al Cuerpo.

    Cuantos, y cuantos hay que siendo gente corriente actúa igual, y no se toman medidas, amparados en la ley de derecho de expresión.

     

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