SOLDADOS ESPAÑOLES

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SOLDADOS ESPAÑOLES
La Defensa en la Constitución El concepto de defensa nacional se fundamenta en el ordenamiento constitucional español y vincula a toda la sociedad en la salvaguarda de la soberanía e intereses nacionales. La defensa nacional no afecta sólo a las Fuerzas Armadas y a la organización militar. Es un concepto integrador que concierne a todos los componentes del Estado: a los ciudadanos en tanto que individuos, a la sociedad articulada a través de todos sus elementos constitutivos, y a los poderes públicos. En su artículo 30, la Constitución dice que "los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España". Al Rey, Jefe del Estado y símbolo de su unidad y permanencia, corresponde el mando supremo de las Fuerzas Armadas, conforme establece la Constitución. La Constitución implica a todos en la protección de unos valores e intereses que son patrimonio común, en concordancia con la aspiración de España, proclamada en el preámbulo del texto constitucional, de "colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra". La propia sociedad es base fundamental de la defensa nacional, por lo que Ley Orgánica de la Defensa Nacional (L. O. 5/2005, de 17 de noviembre), en su artículo 31, afirma: "El Ministerio de Defensa promoverá el desarrollo de la cultura de defensa con la finalidad de que la sociedad española conozca, valore y se identifique con su historia y con el esfuerzo solidario y efectivo mediante el que las Fuerzas Armadas salvaguardan los intereses nacionales. Asimismo, el resto de los poderes públicos contribuirán al logro de este fin". La Constitución asigna a las Fuerzas Armadas un puesto entre los pilares básicos del orden constitucional y las vincula al sentido mismo del Estado, que el Rey representa. En su artículo 8, dentro del título preliminar, les encomienda la misión de "garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional". Establece asimismo que corresponde al Rey -Jefe del Estado y símbolo de su unidad y permanencia (art. 56.1)- el mando supremo de las Fuerzas Armadas (art. 62 h), así como, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz (art. 63.3). Y al Gobierno (art. 97), dirigir "la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado". La defensa nacional concierne a todos los españoles y constituye la misión específica de las Fuerzas Armadas. La citada Ley Orgánica de la Defensa Nacional señala que "la política de defensa tiene por finalidad la protección del conjunto de la sociedad española, de su Constitución, de los valores superiores, principios e instituciones que en ésta se consagran, del Estado social y democrático de derecho, del pleno ejercicio de los derechos y libertades, y de la garantía, independencia e integridad territorial de España. Asimismo, tiene por objetivo contribuir a la preservación de la paz y seguridad internacionales, en el marco de los compromisos contraídos por el Reino de España". La misma Ley Orgánica especifica en su artículo 4 que las Cortes Generales aprueban las leyes relativas a la defensa, los créditos presupuestarios correspondientes y ejercen el control de la acción del Gobierno en materia de defensa. Asimismo, conceden la autorización previa para los tratados o convenios internacionales de carácter militar y debaten las líneas generales de la política de defensa y, singularmente, los planes de reclutamiento y modernización. Se establece que, en particular, al Congreso de los Diputados le corresponde autorizar, con carácter previo, la participación de las Fuerzas Armadas fuera del territorio nacional. Conforme a la referida Ley Orgánica de la Defensa Nacional, el Presidente del Gobierno (art. 6) asume la dirección de la política de defensa y la determinación de sus objetivos, la gestión de las situaciones de crisis que afecten a la defensa y la dirección estratégica de las operaciones militares en caso de uso de la fuerza. Ejerce su autoridad para ordenar, coordinar y dirigir la actuación de las Fuerzas Armadas así como disponer su empleo. Le corresponde de forma específica: formular la Directiva de Defensa Nacional, definir y aprobar grandes objetivos y planteamientos estratégicos, formular las directivas para negociaciones exteriores que afecten a la política de defensa, determinar la aplicación de los objetivos y líneas básicas de actuación de las Fuerzas Armadas, y ordenar las misiones de las Fuerzas Armadas. Al Ministro de Defensa le corresponde el desarrollo y ejecución de la política de defensa. Específicamente, asiste al Presidente del Gobierno en la dirección estratégica de las operaciones militares, dirige la actuación de las Fuerzas Armadas bajo la autoridad del Presidente del Gobierno, determina y ejecuta la política militar, dirige la Administración Militar y desarrolla las directrices y disposiciones reglamentarias que adopte el Consejo de Ministros.

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Comentarios

  • Hola a todos , busco el vídeo de la jura de mi remplazo 3°/99 en Zaragoza en el cuartel Castillejos 2 , San Gregorio. Si alguien lo tiene y me lo puede pasar se lo agradecería eternamente. A ver si sale aquí alguno de mis compis de aquella época.
    Dante
    Un Saludo a todos
  • Hola a todos, busco información gráfica y videos de la jura del 2º/84 en Cerro Muriano. Si alguien tiene algo por favor me lo mande al siguiente correo: jogosan64@hotmail.es
  • 2 reemplazo del 1990 cuartel son baña Palma de Mallorca
  • Soy del 3° Reemplazo del 1973 en la Academia General del Aire, éramos los "Cicutas" me gustaría contactar con alguien de ese Reemplazo. Mi nombre es Moncayo
  • Hola jure bandera el 3 de julio de 1983 en el CIR Nº 10 de Zaragoza si alguien pudiera subir ese video me haria mucha ilusion verlo pues solo tengo una foto de ese dia gracias
  • Hola,mi nombre es Sergio Santana Rodriguez e hice la instrucción y Jura de Bandera el 28 de Enero de 1988.Perteneci a la Brigada Ulloa con el número de cadete 13R.Me gustaría conseguir el video de nuestra jura de bandera,ya que mi familia no pudo viajar desde Gran Canaria.Mi madre es mayor y siempre ha dicho que se va a morir sin haberme visto jurar la bandera.Y para colmo,las fotos que me llegaron a casa del momento de besar la bandera no soy yo,sino otro compañero.Si alguien me puede ayudar a conseguir el video,se lo agradecería enormemente y darle la sorpresa a la familia.Saludos.
  • Un golpe de aire me voló la gorra,por supuesto no me agaché a recogerla.
  • Hola alguien tiene videos o jura de bandera del primer reemplazo del 84 cuartel Sánchez Ramírez? Gracias
  • Busco a gente del 4/93 del Tercio en Melilla.
  • busco mi jura de bandera 5º/86 Cerro Muriano
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