El Juzgado número 9 de Málaga, debe analizar dos vertientes relacionadas pero que caminan paralelas:

  • 1) ADMINISTRATIVA; saber si el pozo poseía los permisos y licencias necesarios. La Junta de Andalucía, Dirección de Minas, manifestó que no.
  • 2) PENAL; investigar las condiciones en las que se hallaba el pozo, si estaba señalizado, si tenía las medidas de seguridad adecuadas, si estas fueron retiradas…

Se han realizado varias declaraciones:

. – El pocero manifiesta que realizó el pozo el 18 de diciembre y lo selló con una piedra y tierra, lo dejó en las condiciones adecuadas y unas obras posteriores las retiraron.

. – Dueño de la finca contradice la versión anterior.

. – Familia como testigos de lo que ocurrió en el momento del accidente.

Nos hallamos ante un caso complejo y mucha investigación por realizar; informes periciales de geólogos, de la Junta de Andalucía, Guardia Civil… e informe forense de autopsia.

El juez debe decidir abrir un procedimiento por homicidio imprudente causado por una negligencia o cerrar las diligencias y entender que ha sido un accidente.

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Respuestas

  • Yo tengo mi versión, por información de mis compañeros en Malaga, pero el camino que a empezado en el juzgado es coincidente con mi información, ya os contaré...........................................

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