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Respuestas

  •  Ley 1/2004, de 28 de Diciembre de Medidas de Protección Integral de... El que la quierá leer se dará cuenta desde el principio de que ya, el título no es acertado, dado que dicha ley habla solo de la violencia ejercida por el hombre sobre la mujer (en ámbitos concretos de familia, noviazgo, exparejas…). Lo que hace pensar, desde el primer momento, en la inconstitucionalidad de dicha ley.

    Está vigente, se apoya jurídicamente en la llamada discriminación positiva que es “la aplicación de políticas que se da a un determinado grupo social, minoritario o que históricamente haya sufrido discriminación, con el fin de mejorar la calidad de vida de aquellos grupos, y compensarlos por los perjuicios o la discriminación de la que fueron víctimas“. Este término de discriminación positiva fue lo que justificó esta ley y fue, básicamente, lo que la declaró constitucional (por 7 votos favorables a 5 en contra).

  • Simplemente.. uanto mas tocan las leyes los politicos más asesinatos hay... o sea que la mejor ley es tirar a la basura a los politicos... todo irá mejor.

  • Dinero para la injusticia y la psicosis de género y que se dirige íntegramente contra el varón heterosexual y contra sus derechos humanos fundamentales de forma genérica e institucional. En España se incita al odio ya la mayor psicosis contra personas por su sexo y orientación sexual, todos los días a todas horas en todos los medios, por todos los políticos instituciones y todos los poderes del Estado. Se utiliza,se magnífica cada vez que un hombre comete un delito contra una mujer,ocultando cuando la violencia la ejerce la mujer contra el hombre,como ha ocurrido recientemente, en que la mujer asestó más de 30 puñaladas al hombre diciendo que si no era para ella no era para nadie.No se contabilizan ni se condenan los hombres asesinados por mujeres, como si ser hombre heterosexual en España significará la peste a extinguir. Otro caso muy similar a ocurrido hace pocos días en Canarias en que la mujer asesinó al hombre de 27 años. Cuando la víctima es un hombre no hay información en los medios, condena política,ni tan siquiera recuento de víctimas por el Estado sino que hay la más absoluta ocultación Existen exactamente el mismo número de mujeres malas y sin escrúpulos que hombres, pues el sexo de las personas no condiciona su bondad o su maldad, y existen exactamente el mismo número de hombres maltratados psicológicamente que mujeres.Todo ello se oculta,pero en España es especialmente grave el maltrato ataque y discriminación en derechos humanos fundamentales que el propio Estado ejerce sobre todo varón heterosexual.Casetas púrpura contra el hombre heterosexual, Ley de Violencia de Género y pacto de Estado contra el hombre heterosexual, cribados en los centros de salud, incitación a la denuncia el odio y la psicosis por lo más mínimo,si alguna vez mira tu teléfono, si pregunta qué hora volverás, ante la menor señal denuncia.La mujer ya no tendrá ni que declarar según las leyes aprobadas por mayoría un fatídico viernes 3 de agosto de 2018,y que suman a la injusticia de la Ley de género de Zapatero del año 2004. Entre los múltiples ataques contra el varón heterosexual la mujer no tendrá ni que declarar.Según los “expertos” para evitar “revictimización”. Cualquier mujer podrá destrozar la vida a cualquier hombre de la manera más perversa y cuanto quiera pues violencia psicológica es un universo infinito y existen exactamente el mismo número de mujeres malas y sin escrúpulos que hombres. Todo ello gracias a las herramientas perversas que el Estado pone en sus manos, violando,masacrando la presunción de inocencia del hombre incitando a la psicosis y el odio contra el varón heterosexual. Cada vez que por desgracia ocurre un atentado nuestros políticos rápidamente salen en todos los medios para decir que todos los negros todos los blancos o todos los musulmanes no son responsables de este delito. Contra el hombre heterosexual hacen exactamente lo contrario incitar el mayor número de denuncias y psicosis como si el hombre fuera la peste a extinguir. Quiénes crean aprueban y consienten las leyes de género jamás se les pasará por la cabeza que los hombres heterosexuales también pudieran ser personas, que deberían tener también derecho a presunción de inocencia, derecho a un juicio justo sin adoctrinar con “perspectiva de género”, derecho a tribunales imparciales sin que estén especializados contra el hombre. En España no existe estado de derecho, existe una inquisición feminista de género en que todos los hombres están en una especie de libertad condicional que cualquier mujer sin escrúpulos puede convertir en prisión a su antojo obteniendo múltiples ventajas. España es la mayor vergüenza de un país supuestamente democrático y de derecho que persigue y discrimina derechos humanos fundamentales a personas por su sexo y orientación sexual como así ocurre contra el varón heterosexual en las perversas leyes de genero, Ley de Violencia de Género de Zapatero del 2004 y pacto de Estado contra el hombre del 2017, y los sucesivos ataques legislativos contra el hombre y los derechos humanos más elementales, que aprueban nuestros políticos por mayoría absoluta, derechos humanos fundamentales a los que debería tener derecho toda persona sobre la faz de la tierra.

  • El Gobierno aprueba el Real Decreto-ley para desarrollar el Pacto d...

    La aprobación por el Consejo de Ministros del Real Decreto-ley de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, que modifica la Ley de Bases del Régimen Local, la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y el Código Civil, introduce importantes modificaciones en la defensa y asistencia jurídica que los letrados y letradas ofrecen a las víctimas.

    La presente reforma tiene como objeto fortalecer la tutela judicial y el acceso a la justicia, así como, los recursos de asistencia de las víctimas de violencia de género, a través de la modificación de los artículos 20 y 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. De este modo, se da cumplimiento al Convenio de Estambul en lo que se refiere a prevención y diligencia debida ante casos de violencia de género.

    El artículo 20 contiene tres tipos de medidas destinadas a mejorar la participación de la víctima en el proceso penal. Por un lado, se reforma su apartado 4 y se añade un apartado 5 para reforzar la asistencia jurídica de las víctimas, tal y como exige el Pacto de Estado, contemplando no solamente que los Colegios de Abogados, sino también los de Procuradores, adopten las medidas necesarias para la designación urgente de letrados y procuradores de oficio en los procedimientos que se sigan por violencia de género, que aseguren su inmediata presencia para la defensa y representación de las víctimas.

    Por otro lado, se añade un nuevo apartado 6 para implementar una medida del Pacto de Estado referente a la habilitación legal del letrado de la víctima a fin de que pueda ostentar su representación procesal hasta la designación de procurador o procuradora en tanto la víctima no se haya personado como acusación, si bien esto debe armonizarse con la tercera medida consistente en la adición de un nuevo apartado 7 con el objeto de permitir a la víctima personarse como acusación particular en cualquier fase del procedimiento.

    De tal modo, que la nueva redacción de este artículo queda modificada en los siguientes términos:

    Artículo 20. Asistencia jurídica.

    «4. Igualmente, los Colegios de Abogados adoptarán las medidas necesarias para la designación urgente de letrado o letrada de oficio en los procedimientos que se sigan por violencia de género y para asegurar su inmediata presencia y asistencia a las víctimas.

    5. Los Colegios de Procuradores adoptarán las medidas necesarias para la designación urgente de procurador o procuradora en los procedimientos que se sigan por violencia de género cuando la víctima desee personarse como acusación particular.

    6. El abogado o abogada designado para la víctima tendrá también habilitación legal para la representación procesal de aquella hasta la designación del procurador o procuradora, en tanto la víctima no se haya personado como acusación conforme a lo dispuesto en el apartado siguiente. Hasta entonces cumplirá el abogado o abogada el deber de señalamiento de domicilio a efectos de notificaciones y traslados de documentos.

    7. Las víctimas de violencia de género podrán personarse como acusación particular en cualquier momento del procedimiento si bien ello no permitirá retrotraer ni reiterar las actuaciones ya practicadas antes de su personación, ni podrá suponer una merma del derecho de defensa del acusado».

    Por su parte, la modificación del artículo 23 de la Ley Orgánica permite concretar y ampliar los títulos judiciales habilitantes para acreditar la condición de víctima de violencia de género. A su vez, se establecen otros títulos no judiciales habilitantes para los casos en los que no hay denuncia y, en consecuencia, tampoco existe procedimiento judicial abierto. En este sentido, cabe recordar que el artículo 18.3 del Convenio de Estambul exige no supeditar la protección de las víctimas de violencia de género al ejercicio por parte de aquéllas de acciones legales ni a la declaración contra el autor.

    https://www.abogacia.es/2018/08/06/el-gobierno-aprueba-el-real-decreto-ley-para-desarrollar-el-pact…
  • 127128600?profile=original

  • Compañeros nos tienen discriminados no valemos nada para ellas. Y sí nos ponemos chulos de patitas en la calle y nos vamos con lo puesto y sin derecho a nada. Cuidado no vayan a oírnos.....jajajaja.

    La Ley no es igual para ambos la defiende más a ellas, no hay derecho.....     

  •  Violencia de género masculino, pues parece ser que el femenino no es violento. ¿Cuando una mujer agrede, o mata al marido, pareja, o similar, no es tampoco violencia hembrista.  Mal está toda violencia, hombre a mujer, o viceversa, pero en este régimen parece que solo es el hombre el violento de genero. La mujer no.

  • Sin quitar importancia a la violencia de género, que sin duda la tiene. No obstante, tenemos en España otros problemas muchos más graves a los que no se presta ninguna atención. Véase por ejemplo las muertes por accidentes laborales. 600 fallecidos al año,10 veces más que por violencia de género! Pese a ello, no se le presta ninguna atención. Ni campañas mediáticas, ni teléfono de denuncia, ni observatorios, ni na de na. Tendrá algo que ver el hecho que el 97 % de esos fallecidos son hombres, y que sus muertes son menos mediáticas y por tanto menos importantes? ¿Acaso vale más la vida de una mujer que la de 10 hombres?

Esta respuesta fué eliminada.